Motivo: Inacción de autoridades deportivas del Perú ante el Fondo Pro Deporte Escolar
Don Augusto Bravo Villarán viene llevando una lucha en solitario para que la Federación Peruana de Voleibol deposite los recursos para el fondo pro deporte escolar al IPD que debe desde el 2013 hasta el 2017.
"Solicitud: Remitir a la Contraloría General de la República dos informes de auditoria, a fin procedan a tomar las acciones que las Normas Generales de Control Interno Gubernamentales establecen para este caso en particular.
Se recurrió también a un órgano del Minedu que se denomina CERO CORRUPCIÓN, que fue a quien se le hizo llegar un resumen de lo gestionado ante la Oficina de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción del Minedu (OTEPA), sin embargo la OTEPA del Minedu remitió todo el expediente a la Procuraduría Anticorrupcion, información que me hicieran llegar con oficio, el cual exhibo en esta oportunidad, por inacción de las autoridades deportivas".
Las fuentes son: Informe de Auditoria de la Oficina de Control Institucional del IPD de 2015 y el Informe de Control Interno/auditoria de la Sociedad de Auditores Lázaro Curotto asociados realizada a finales de 2017.
"En verdad sugerí que en función a las dos fuentes se remitiera el caso a la Contraloría General de la República para que hiciera su trabajo complementario a los dos informes de auditoria; pero el caso pasó por disposición de la OTEPA/MINEDU a la Procuraduría que tomará acción esa entidad y ya son palabras mayores" explicó Augusto Bravo.
Aclaración de Augusto Bravo, 27 de octubre:
"Aclarar en este aspecto. Lo único que ha creado confusión es que la remisión de los informes a Contraloría fue lo que recomendé que OTEPA hiciera para que concretará la cosa, pero no los envié. Y OTEPA tomó esa sugerencia y se fue de frente a la Procuradoría".
Aclaración de Augusto Bravo, 27 de octubre:
"Aclarar en este aspecto. Lo único que ha creado confusión es que la remisión de los informes a Contraloría fue lo que recomendé que OTEPA hiciera para que concretará la cosa, pero no los envié. Y OTEPA tomó esa sugerencia y se fue de frente a la Procuradoría".
La ley del deporte 28036 en su artículo 86° (inciso 2)
contempla que constituyen recursos del fondo pro deporte escolar "un
porcentaje no menor del 10% que perciba cada federación por concepto de
derechos por televisar o radiodifundir los espectáculos públicos deportivos en
los que participen deportistas y/o seleccionados nacionales".
En el resumen presentado del expediente 224701-2018 que obra en la oficina de cero
corrupción del MINEDU se informa que hay un congelamiento de cerca de dos millones de dólares.
"Recomendación: Recurrir a la Contraloria General de la República con la base de los dos
informes de auditoria el de la OCI/IPD realizada al 31 de diciembre 2015 y la
de la sociedad de auditores Lázaro – Curotto y Asociados realizada al 31 de
diciembre 2017, a fin realicen un examen al fondo pro deporte escolar. considerando
el no deposito por parte de la FPV y el congelamiento de cerca de 2 millones de
dólares en una cuenta bancaria, pertenecientes al fondo pro deporte escolar" refiere el informe. https://www.slideshare.net/holaesungusto/resumen-del-expediente-que-obra-en-oficina-cero-corrupcin-del-minedu
A continuación se pueden leer los informes de Auditoría de Cumplimiento del Instituto Peruano del Deporte - IPD y el Informe de Control Interno/ Auditoria Lázaro – Curotto.
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