Perú subcampeón sudamericano

Perú subcampeón sudamericano
Brasil ganó 3-0 a Perú en la final de voleibol sudamericano mayores (25-17, 25-21, 25-13) realizado en Cartagena de Indias - Colombia. CSV

martes, 8 de septiembre de 2020

IPD AUTORIZÓ A LA FEDERACIÓN PERUANA DE VOLEIBOL LA SUBVENCIÓN ANUAL 2020 DE MÁS DE UN MILLÓN DE SOLES


PERÚ Ministerio de Educación Instituto Peruano del Deporte 
Resolución Directoral Nº 231-2020-DINADAF/IPD 

Lima, 18 de junio de 2020 

VISTOS: Los Oficios Nº 037-FPV-2020 y N° 170-FPV-JUT-2020, signados con Expedientes N° 8855-2020 y Nº 9045-2020, respectivamente, cursados por la Federación Peruana de Voleibol; el Informe N° 292-2020-RPH-DINADAF/IPD y el Memorando Nº 1039-2020-DINADAF/IPD, emitidos por la Dirección Nacional de Deporte de Afiliados; el Informe N° 698-2020-CMT/DINADAF/IPD, emitido por el Comité de Métodos Técnicos de la Dirección Nacional de Deporte de Afiliados; el Memorando N° 1797-2020-UPTO/IPD, emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Presupuesto y Planificación, y; 

CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modificatorias, el Instituto Peruano del Deporte (IPD), formula e imparte la política del deporte en general y, por ende, de cada uno de sus componentes, por lo que organiza, planifica, promueve, coordina, evalúa y fiscaliza en el ámbito nacional el desarrollo del deporte, la recreación y la educación física en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, como componentes del deporte en general; 

Que, dentro de este rol promotor y en el marco de lo dispuesto en el artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el IPD anualmente otorga recursos destinados al apoyo del deporte afiliado, los cuales son entregados mediante subvenciones a las Federaciones Deportivas Nacionales, a la Asociación Nacional Paralímpica del Perú, con el objeto de financiar las actividades referidas a la contratación de entrenadores, capacitación, participación de delegaciones deportivas y organización de eventos nacionales e internacionales, entre otros rubros; 

Que, a través del Anexo A del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en el Pliego Presupuestario IPD se fijan los montos de las subvenciones a otorgar a la Asociación Nacional Paralímpica del Perú y a las Federaciones Deportivas Nacionales, integrantes del Sistema Deportivo Nacional; 

Que, la Federación Peruana de Voleibol ha suscrito un Convenio de Asignación por Desempeño con el IPD, en el cual se precisan los Indicadores de Desempeño que la citada federación debe cumplir según los criterios establecidos en las fichas técnicas que se encuentran en el Anexo 2 de dicho convenio; 

Que, mediante Oficios Nº 037-FPV-2020 y N° 170-FPV-JUT-2020, signados con Expedientes N° 8855-2020 y Nº 9045-2020, de fechas 5 y 10 de junio del presente año, respectivamente, la Federación Peruana de Voleibol solicitó el otorgamiento de la Subvención Económica correspondiente al primer tramo del año fiscal 2020, para lo cual adjuntaron los formatos correspondientes establecidos en la Directiva N° 80-2018-IPD/DINADAF, denominada “Autorización y Otorgamiento de Subvenciones a favor de las Federaciones Deportivas Nacionales y de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 044- 2018-IPD/GG, de fecha 18 de diciembre de 2018; 

Que, la Dirección Nacional de Deporte de Afiliados, mediante Informe N° 292-2020-RPH- DINADAF/IPD, de fecha 11 de junio de 2020, concluyó que la Federación Peruana de Voleibol ha cumplido con los requisitos contenidos en la Directiva N° 80-2018-IPD/DINADAF para el otorgamiento del primer tramo, correspondiéndole el monto de S/ 1,091,981.00 (UN MILLÓN
 NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) por concepto de subvención; asimismo, con el Informe N° 698-2020-CMT/DINADAF/IPD, de fecha 8 de junio de 2020, su Comité de Métodos Técnicos concluyó favorablemente sobre el otorgamiento de la subvención, toda vez que la misma permitirá que la Federación Peruana de Voleibol cumpla con su Programación Anual para el presente año; 

Que, mediante Memorando N° 1797-2020-UPTO/IPD, de fecha 18 de junio de 2020, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Presupuesto y Planificación informó que ha procedido con la aprobación de la certificación de crédito presupuestario; 

Que, habiéndose emitido los informes técnicos favorables y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Directiva N° 80-2018-IPD/DINADAF, corresponde a este órgano de línea proceder a la autorización del otorgamiento de la subvención, conforme a lo previsto en el sub numeral 9.3.10 de la citada directiva, así como exhortar a la Federación Peruana de Voleibol al cumplimiento de los lineamientos establecidos en la misma y los compromisos asumidos en el convenio suscrito; 

SE RESUELVE: 

Artículo 1°.- Autorización de subvención 

Autorizar el otorgamiento de la Subvención Anual 2020 correspondiente al primer tramo del Ejercicio Fiscal 2020 a favor de la Federación Peruana de Voleibol, ascendente a S/ 1,091,981.00 (UN MILLÓN NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), la misma que, conforme al Memorando Nº 1797-2020-UPTO/IPD, de fecha 18 de junio de 2020, se detalla a continuación:


Artículo 2°.- Cumplimiento de directiva y Convenio Exhortar a la Federación Peruana de Voleibol, al cumplimiento de los lineamientos establecidos en la Directiva N° 80-2018-IPD/DINADAF, denominada “Autorización y Otorgamiento de Subvenciones a favor de las Federaciones Deportivas Nacionales y de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 044-2018-IPD/GG, de fecha 18 de diciembre de 2018, así como de los compromisos e indicadores de desempeño establecidos en el convenio suscrito con el Instituto Peruano del Deporte.

Artículo 3°.- Notificación 

Notificar la presente resolución a Federación Peruana de Voleibol, para los fines pertinentes. 

Artículo 4°.- Publicación 

Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia del Instituto Peruano del Deporte (www.ipd.gob.pe). 

Regístrese y comuníquese. 

Firmado digitalmente por ARMENTEROS RODRIGUEZ 
Vladimir FAU 20135897044
Motivo: Soy el autor del documento 
Fecha: 19.06.2020 09:51:54 -05:00



No hay comentarios:

Publicar un comentario